Lo Virtual Bajo la Mirada del Derecho - Parte II
Además de estos artículos, es
importante considerar la Ley Especial Contra los Delitos Informáticos y la Ley
Orgánica de Seguridad de la Nación, las cuales también abordan aspectos
relacionados con la seguridad cibernética y los delitos informáticos.
3.-
La Ley de Infogobierno en Venezuela
no se enfoca directamente en la ciberseguridad, sino que se centra en la
gestión de la información pública y el uso de las tecnologías de la información
por parte del Poder Público. Sin embargo, ciertos artículos abordan
aspectos relacionados con la seguridad de la información, aunque no en el
sentido específico de la ciberseguridad.
Artículos relacionados con la
seguridad de la información en la Ley de Infogobierno:
- Artículo
23: Garantiza
la integridad, confidencialidad, autenticidad y disponibilidad de la
información, documentos y comunicaciones electrónicas en las actuaciones
electrónicas del Poder Público y el Poder Popular. Este artículo
establece la obligación de proteger la información, aunque no menciona
explícitamente la ciberseguridad.
- Artículo
30: Se
refiere a la interoperabilidad de los procesos soportados en tecnologías
de información, lo que implica la necesidad de que las medidas de
seguridad sean compatibles entre diferentes sistemas, aunque no se enfoca
en la seguridad cibernética.
- Artículo
67: Establece
los requisitos para el uso de software y aplicaciones informáticas por el
Poder Público, incluyendo aquellos que deben cumplir con normas de
seguridad y privacidad.
Otros aspectos a considerar:
- La
Ley Orgánica de Defensa Integral de la Nación (LODIN) también tiene disposiciones
relevantes sobre seguridad cibernética, ya que aborda la defensa del país
en el ciberespacio.
- El
Consejo Nacional de Ciberseguridad, creado por decreto, tiene la responsabilidad de
coordinar la seguridad cibernética del país.
- La
Ley Especial Contra los Delitos Informáticos penaliza los delitos
relacionados con las tecnologías de la información, como el acceso no
autorizado a sistemas informáticos, la alteración de datos y la
reproducción no autorizada de software.
4.-
La Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, así como su reglamento, no
contienen disposiciones específicas sobre ciberseguridad. Sin embargo, el
artículo 68 de la ley establece que los gastos destinados a la seguridad y
defensa del Estado, que podrían incluir ciberseguridad, deben ser gestionados
por órganos competentes y están sujetos a control interno.
El contexto de la Ley Orgánica de
la Contraloría General de la República:
La Ley Orgánica de la Contraloría
General de la República, y su reglamento, se enfocan principalmente en la
gestión fiscal, el control y la fiscalización de los recursos
públicos. Aunque no se abordan temas específicos de ciberseguridad, la ley
establece principios generales que pueden aplicarse a la gestión de riesgos
cibernéticos:
- Control
interno: El
artículo 26 del reglamento establece que los gastos de seguridad y
defensa, que podrían incluir ciberseguridad, deben estar sujetos al
control interno.
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